BY DAVID MATAS
Presentación ante una sesión informativa parlamentaria 11 de enero de 2017, Riga, Letonia
Hay dos peticiones que le haría al Parlamento de Letonia. Uno es la implementación de la resolución del Parlamento de la Unión Europea sobre la sustracción de órganos en China aprobada en diciembre de 2013. Un componente de esa resolución, y cito, “Pide a la UE y sus Estados miembros que planteen el tema de la sustracción de órganos en China; recomienda que la Unión y sus Estados miembros condenen públicamente los abusos de trasplante de órganos en China y sensibilicen sobre este problema a los ciudadanos que viajan a China;»
Este llamamiento no va dirigido únicamente a la Unión Europea. También se dirige por separado a los Estados miembros de la Unión Europea. Además, hay una llamada triple. Se insta a los Estados miembros a participar en tres actividades distintas.
Se supone que, para repetir,
1) plantear el tema de la sustracción de órganos en China;
2) condenar públicamente el abuso de trasplantes de órganos en China; y
3) para crear conciencia sobre este tema entre sus ciudadanos que viajan a China.
Cada una de las iniciativas solicitadas merece comentario. La Unión Europea mantiene un diálogo bilateral sobre derechos humanos con China. Los estados de la Unión Europea participan en este diálogo bilateral. La mayoría de los estados de la Unión Europea no tienen su propio diálogo bilateral de derechos humanos con China. No obstante, el Parlamento Europeo, plenamente consciente de esta realidad, instó a los Estados miembros a plantear la cuestión de la sustracción de órganos en China.
Sería inapropiado y una violación de la intención de la resolución del Parlamento de la Unión Europea que cualquier estado miembro deje la preocupación por el abuso de órganos en China al diálogo bilateral sobre derechos humanos entre la Unión Europea y China. La preocupación debe plantearse tanto de forma individual como colectiva, en las capitales de los estados con embajadas chinas, en Beijing con las embajadas allí y ante las delegaciones chinas visitantes.
La resolución pide condenas públicas. No es suficiente plantear las preocupaciones sobre el abuso de trasplantes de órganos en privado, a puerta cerrada. Es demasiado fácil para el Gobierno de China ignorar las súplicas privadas. Las condenas públicas imponen un costo a China por este abuso, el costo mínimo que deberían asumir. Las condenas públicas deben ser lo más visibles posible, al más alto nivel, y deben continuar mientras continúe el abuso.
El tercer componente, la sensibilización sobre este tema entre los ciudadanos que viajan a China, debería estar dirigido especialmente a los turistas de trasplante. Una declaración de política de la Sociedad Canadiense de Trasplantes y la Sociedad Canadiense de Nefrología sobre el Tráfico de Órganos y el Turismo de Trasplantes establece en parte:
“Los médicos… como miembros de la comunidad médica… tienen el deber de prevenir daños a otras personas [además de sus pacientes]. Se debe educar a los pacientes [con insuficiencia de órganos diana] sobre los daños que pueden sufrir quienes proporcionan órganos a través del turismo de trasplantes. .. los órganos presuntamente han sido sustraídos por la fuerza, e incluso se puede matar a personas para obtener sus órganos”.
Los estados miembros de la Unión Europea deberían alentar a los profesionales de trasplantes en cada uno de sus países a desarrollar una política similar.
La constitución de Letonia, en su preámbulo, establece: “El pueblo de Letonia… condena a los comunistas… regímenes totalitarios y sus crímenes”. Ahora, está muy bien condenar los regímenes totalitarios comunistas y sus crímenes en abstracto. Pero para dar contenido a esa afirmación, los crímenes tienen que ser condenados, crimen por crimen, a medida que ocurren. El abuso de trasplantes de órganos en China es un crimen de un régimen comunista totalitario. La constitución letona exige su condena.
Aunque puede haber otros estados miembros de la Unión Europea con una disposición similar en su constitución, no tengo conocimiento de que esto sea así. Esta disposición del preámbulo de la constitución de Letonia impone a Letonia la responsabilidad especial de condenar el abuso de trasplantes de órganos en China.
La segunda solicitud que haría es una legislación que prevenga la complicidad en el abuso de trasplantes chinos a través de la implementación de la Convención del Consejo de Europa contra el Tráfico de Órganos Humanos. El Consejo de Europa en marzo de 2015 aprobó la Convención. Hasta la fecha, hay diecisiete estados signatarios y un estado ratificante, Albania.
Letonia aún no ha ratificado ni firmado el tratado. El Gobierno de Letonia ha anunciado su intención de hacerlo. Cuando eso suceda y el Gobierno introduzca legislación para implementar el Convenio y aprobar la ratificación, el Gobierno y el Parlamento deberían ir más allá de los requisitos mínimos del Convenio en tres aspectos.
La Convención requiere que los estados partes penalicen la sustracción forzada de órganos y el corretaje de órganos y obliga a los estados partes a penalizar las violaciones de las normas de la Convención por parte de ciudadanos de estados partes en el extranjero. Si la Convención debería haber creado un delito internacional aplicable a los residentes y visitantes causó división dentro del Consejo en la etapa de redacción, con 18 estados a favor y 20 en contra. La Convención no obliga a los Estados parte a crear un delito internacional aplicable a los residentes permanentes y visitantes. Pero nada impide a los Estados, si así lo desean, legislar tal delito.
La Convención es explícita sobre esta opción. Establece: “Sin perjuicio de las normas generales del derecho internacional, la presente Convención no excluye ninguna jurisdicción penal ejercida por una Parte de conformidad con su derecho interno”. Dada la división en el momento de redactar el borrador acerca de si exigir a los Estados partes que tipifiquen los delitos como internacionales y la falta de acuerdo sobre este asunto por un estrecho margen, esta cláusula "sin perjuicio" puede interpretarse como un paso adelante para los Estados que desean propios para legislar los delitos tipificados para que tengan alcance internacional. La cláusula equivale a decir que, si bien no exigimos a los Estados partes que legislen los delitos para que tengan efectos extraterritoriales para los residentes y visitantes, ciertamente son libres de hacerlo, si así lo desean.
Todos los estados deben firmar, ratificar e implementar la Convención del Consejo de Europa sobre el Tráfico de Órganos. Todos los estados deben ir más allá de las obligaciones de esta Convención y hacer valer su jurisdicción sobre los residentes y visitantes de los perpetradores, así como sobre los nacionales de los perpetradores.
En segundo lugar, la legislación de aplicación debería imponer la notificación obligatoria por parte de los profesionales de la salud a las autoridades sanitarias del turismo de trasplantes para que las autoridades conozcan el delito cuando se haya cometido. Israel, España y Taiwán han promulgado tales leyes de notificación obligatoria. Los legisladores de Canadá, Bélgica, Francia y Australia han propuesto tales leyes.
Los profesionales de la salud sabrán sobre el turismo de trasplantes, porque los pacientes, después de un trasplante en el extranjero, necesitan medicamentos antirrechazo en casa. La notificación voluntaria no será efectiva. Si pudiera ser eficaz, ya se habrían establecido sistemas de notificación voluntaria. Sin embargo, no existen.
Sin informes obligatorios, estamos atrapados en un círculo vicioso. Solo nos queda información anecdótica para medir el alcance del problema, lo que inevitablemente lo subestima. Y la minimización artificial del problema sin denuncia obligatoria conduce a la inacción en la lucha contra el abuso.
En tercer lugar, la legislación debe dejar claro que el tráfico de órganos abarca el turismo de trasplantes. Debería haber una redacción en la legislación a tal efecto.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (UNTOC) tiene un Protocolo sobre la Trata de Personas. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ha tomado la posición de que este protocolo no abarca el turismo de trasplantes.
En marzo de 2014, la ONG Asociación de Taiwán para el Cuidado Internacional de Trasplantes de Órganos (TAICOT) solicitó reunirse con Ilias Chatzis, Jefe de la Sección de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, Subdivisión de Crimen Organizado y Tráfico Ilícito de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en su sede en Viena
“presentarles las últimas actualizaciones de Asia sobre el turismo de órganos en China y discutir con ustedes la mejor manera de prevenir y detener la sustracción no ética de órganos, una nueva forma de cruel tortura contra la humanidad”.
La solicitud agregó:
“Para su referencia, el 12 de diciembre de 2013, el Parlamento Europeo (PE) adoptó una resolución de urgencia, pidiendo al gobierno chino que ponga fin de inmediato a la práctica de sustracción de órganos de presos de conciencia, incluidos un gran número de practicantes de Falun Gong”.
El Sr. Chatzis, respondió en parte, el 21 de marzo de 2014:
“Una reunión… no sería productiva ya que el trabajo de mi Sección no incluye lo que usted llama sustracción de órganos ni los otros temas tratados en su correo electrónico. Mi Sección cubre los Protocolos de la UNTOC sobre la Trata de Seres Humanos y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Lamento no poder ser más útil en esta etapa”.
El Sr. Chatzis no podría haber sido más claro. El correo electrónico solicitando una reunión se refería al turismo de órganos. La negativa de una reunión afirmó que el trabajo de su Sección no cubre “los otros temas tratados en su correo electrónico”, es decir, el turismo de órganos. Además, debido a que su Sección cubre el Protocolo de la UNTOC sobre la Trata de Seres Humanos, es su opinión que el Protocolo de la UNTOC sobre la Trata de Seres Humanos no cubre el turismo de órganos.
Para que no haya dudas sobre este asunto, le escribí a Yury Fedotov, Director Ejecutivo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en Viena, Austria, el 30 de julio de 2014 para pedirle que rechazara las opiniones del Sr. Chatzis. El 8 de agosto de 2014, en nombre del Sr. Fedotov, el Sr. Tofik Murshudlu, Oficial a Cargo, Subdivisión de Delincuencia Organizada y Tráfico Ilícito, División de Asuntos de Tratados, Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en una respuesta detallada y evasiva falló en hacer asi que.
La Declaración de Estambul sobre el Tráfico de Órganos y el Turismo de Trasplantes define el turismo de trasplantes como los viajes para trasplantes:
“que involucre tráfico de órganos y/o comercialización de trasplantes o si los recursos (órganos, profesionales y centros de trasplante) dedicados a proporcionar trasplantes a pacientes de fuera de un país socavan la capacidad del país para brindar servicios de trasplante a su propia población”.
Esa definición presenta alternativas. Una de esas alternativas son los viajes para trasplantes que involucran el tráfico de órganos. Si viajas para un trasplante y en el lugar al que llegas se trafica con el órgano que recibes, eso es turismo de trasplantes.
China es parte del Protocolo contra la Trata de Personas de la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional. El gobierno de China probablemente impugnaría cualquier interpretación del Protocolo de la ONU que ponga bajo la jurisdicción de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito el mal comportamiento del gobierno chino en el trasplante.
Dado el peso geopolítico de China y el deseo de no molestar a su Gobierno, la Oficina de Drogas y Delito de la ONU puede estar haciendo todo lo posible para evitar una confrontación con el Gobierno de China evitando el tema. Las respuestas del Sr. Chatzis y el Sr. Fedotov pueden haber sido influenciadas por el Gobierno de China, ya sea directamente o por temor a lo que ese Gobierno podría haber pensado. De todos modos, su tipo de comportamiento no es una buena señal.
Cuestiono la interpretación del Protocolo que ha dado el Sr. Chatzis. Pero también reconozco que China utiliza su peso político en todas las instituciones de las Naciones Unidas para buscar la impunidad de sus violaciones de derechos humanos. Mi interpretación de los tratados de la ONU no va a cambiar eso.
El Convenio del Consejo de Europa puede ser firmado por los Estados miembros del Consejo de Europa, la Unión Europea y los Estados no miembros que disfrutan de la condición de observador en el Consejo de Europa. También puede ser firmado por cualquier otro Estado no miembro del Consejo de Europa por invitación del Comité de Ministros.
El Convenio del Consejo de Europa establece estándares y mecanismos internacionales para combatir el turismo de trasplante que no están disponibles a través del sistema de las Naciones Unidas. Letonia y todos los demás estados deberían aprovechar la oportunidad que brinda la Convención.
enlaces:
Artículos 4,5, 7, 8 y XNUMX
Comité Europeo sobre Problemas Criminales (CDPC) Borrador del Convenio del Consejo de Europa contra el Tráfico de Órganos Humanos, nota al pie 3 Estrasburgo, 07 de diciembre de 2012, CDPC (2012) 21
Artículo 10 (8)
Ley de Trasplante de Órganos de 2008 http://www.declarationofistanbul.org/resources/legislation/267-israel-transplant-law-organ-transplant-act-2008
http://www.ont.es/infesp/Legislacin/ExtractoLeyOrganica_5_2010.pdf
Proyecto de ley C-500 el 5 de febrero de 2008, la segunda vez como Proyecto de ley C-381 el 7 de mayo de 2009, Proyecto de ley C-561- 6 de diciembre de 2013
http://www.parl.gc.ca/HousePublications/Publication.aspx?Language=E&Mode=1&DocId=6375892&File=4
Sénat de Belgique Sesión de 2006 2007, 13 de diciembre de 2006
http://www.assemblee-nationale.fr/13/propositions/pion2797.asp
Ley de Enmienda de Tejidos Humanos (Tráfico de Órganos Humanos) de 2013